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Concejal de Villa La Mata somete instancia por ante el Tribunal Constitucional que busca declarar inconstitucional creacion del Fomisar

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NOTA DE PRENSA
Concejal de Villa La Mata somete instancia por ante el Tribunal Constitucional que busca declarar inconstitucional creacion del Fomisar

Villa La Mata.- El Abogado y además Concejal del Ayuntamiento de Villa La Mata, Licdo. Henry Morales Sánchez, depositó por ante el Tribunal Constitucional una instancia que persigue se declare no conforme a la Constitución Dominicana la Ley 91-05 de fecha 26 de febrero del año 2005, que crea El Consejo Provincial Para La Administración de Los Fondos Mineros (Fomisar), el y Decreto No. 266-09 de fecha 27 de marzo del año 2009, dictado por el Poder ejecutivo, que instituye El Reglamento para la aplicación de la ley 91-05, por entender que estas normativas vulneran la autonomía dada a los municipios por el artículo 199 de la constitución y además, arrebata a los Ayuntamientos, las funciones otorgadas por el artículo 201 de la misma Constitución.
Según el joven Concejal, la violación a la autonomía de los Municipios Cotuí, Villa La Mata, Cevicos y Fantino, resulta del hecho de que según la ley 64-00, los referidos municipios son los propietarios del 5% de la utilidades netas, generadas producto de las actividades de explotación minera de los yacimientos mineros de Pueblo Viejo por la empresa Barrick Pueblo Viejo, y que sin embargo, las normas atacadas ceden al Consejo Provincial para La Administración de Los Fondos Mineros (FOMISAR), la facultad de administrar dichos beneficios, lo cual según el Regidor, viola la autonomía administrativa, presupuestaria y funcional de los municipios.
Morales Sánchez, agregó que, la autonomía dada a los municipios, supone que éstos, en el ejercicio de sus competencias, tengan total libertad e independencia, sin otra sujeción más que a la Constitución, y a aquellas leyes que no constituyan desnaturalización, supresión o limitación de la autonomía que constitucionalmente les ha sido reconocida, y que por lo tanto, al Congreso Nacional no le está permitido aprobar leyes que, en modo alguno, desnaturalicen, restrinjan, limiten o supriman dicha autonomía.
Dijo además, que es inaceptable que los municipios de la Provincia Sánchez Ramírez, se encuentren sumisos y de rodillas ante una institución, que carece de legitimación democrática, y que no sirve más que como un muro de contención a las acciones que deberían iniciar los municipios, en reclamo de la entrega de los fondos que debieron haber recibido por concepto de las actividades mineras señaladas.

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