DERECHOS DE LAS PERSONAS ANTE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA.
Villa La Mata, Sánchez
Ramírez.
DIOMEDES ADAMES
5 Orientaciones a la Ciudadanía
LAS PERSONAS TIENEN DERECHOS A:
11. A SER TRATADO CON RESPETO:
Usted tiene derecho a recibir un trato cortes y digno
de todos los servidores judiciales (jueces, Fiscales y servidores
administrativos).
22. A ESTAR INFORMADO: usted tiene derecho recibir las explicaciones y aclaraciones que
solicite sobre los expedientes de su interés, salvo los casos establecidos
expresamente en la ley.
33. USTED TIENE DERECHO A: recibir informaciones generales y actualizadas sobre el
funcionamiento de los juzgados y tribunales y sobre las características y
requisitos genéricos de los distintos procedimientos judiciales.
44. A UN TRATO IGUALITARIO: usted tiene derecho a ser tratado de manera igualitaria a todos los
usuarios sin importar nacionalidad, genero, raza credo o religión, ideas
políticas, orientación sexual, posiciones económicas o sociales u otra
condiciones con implicaciones discriminatoria.
55. A EXIGIR ATENCIÓN EN EL
HORARIO ESTABLECIDO: usted tiene derecho ser
atendido a realizar cualquier diligencia ante los tribunales en el horario
establecido de 7:30 am. a 4:0 pm.
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