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Reducción de evasión tributaria y racionalización de incentivos fiscales

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Empiezo en estos meses de verano, a dar ideas para consensuar y ayudar a ministros y al actual Presidente a ver fórmulas para no llamarle «fuetazo tributario» a las medidas que se deben tomar para hacer sostenible el gasto público y crecer la base de contribuyentes, cerrando evasión al máximo y educando  gente para que entiendan que evadir impuestos es condenar obras publicas al fracaso y descredito público, así evitamos tomar tantos prestamos hipotecando futuro de bisnietos, que no jugaran después.

Creo, la reducción de evasión tributaria y racionalización de incentivos fiscales será logrado mediante un consenso nacional que tendrá como objetivo una revisión integral tributaria para la igualdad y la justicia social.

Admiro visitas a grandes lideres de partidos políticos y empresarios del presidente Abinader, porque ese tema fiscal y tributario tiene muchas aristas y muchas quejas

Hasta hoy en Rep. Dominicana las principales fórmulas consensuales utilizadas en materia tributaria son: a) negociación, b) conciliación) c mediación, d) transacción y e) arbitraje y las discusiones entre contribuyentes y la DGII con Hacienda, ya son el pan nuestro de cada día y no veo armonización.

Mi experiencia y práctica internacional demuestra que los mecanismos de negociación (tales como: negociación temprana, actas con acuerdo) en el que intervienen las partes (administración tributaria y contribuyente), se utilizan preferiblemente para resolver las diferencias surgidas en los primeros estadios del conflicto (fiscalización o verificación), es decir, previo al dictado final, pero nadie le hace caso se llevan a otras instancias o se espera una gracia o cambio de partido en poder, eso no es institucionalizar las reglas del acto administrativo.

Estas fórmulas, vienen en definitiva a plasmar los acuerdos informales que por regla general se dan en la práctica diaria, en oportunidad de llevar adelante el procedimiento de comprobación e investigación, cuándo surgen cuestiones inciertas que deben ser precisadas en orden a la correcta determinación de la materia imponible. En tal sentido, la negociación se adopta como una oportunidad temprana para entablar el diálogo entre las partes que se encuentran directamente involucradas, tendiente a comprender el alcance de la cuestión que aparece controvertida, a fin de encontrarle una solución y así evitar la profundización y prolongación del conflicto.

Trabaje en I.S.Renta, Rentas Internas y Finanzas hasta 1984 y veía soluciones tributarias y acuerdos de pago, pero es en EUA donde vi que las fórmulas consensuales en las que interviene un tercero, como la conciliación y la mediación, funcionan –esta última figura cuenta con la mayor aceptación en la práctica internacional-, se aplican por regla general para el resto de las etapas administrativas, incluso una vez agotadas aquellas, durante la instancia judicial, entendiendo que las partes no han logrado encontrar una solución consensuada al conflicto y por ello, la intervención de un tercer sujeto viene a colaborar con su conocimiento técnico, habilidad en técnicas de mediación y sobre todo desde una posición neutral, para facilitar el entendimiento entre las mismas.

Espero el DGII trace pautas alternativas para la resolución de conflictos y que cobren en plazos cortos

Mire mi borrador de anteproyecto de ley, tiene 20 páginas:

Artículo 1°. Objeto. Con el propósito de apoyar el gasto social en la lucha por la igualdad y la justicia social y consolidar el ajuste fiscal, la presente ley tiene por objeto adoptar una reforma tributaria que contribuya a la equidad, progresividad y eficiencia del sistema impositivo, a partir de la implementación de un conjunto de medidas dirigidas a fortalecer la tributación de los sujetos con mayor capacidad contributiva, robustecer los ingresos del Estado, reforzar la lucha contra la evasión, el abuso y la elusión, y promover el mejoramiento de la salud pública y el medio ambiente.

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