SANTO DOMINGO, República Dominicana. – El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenció a 20 años de prisión a Jorge Luis Estrella Arias y Eddy Enmanuel Segura Arias, hallados culpables del violento asalto perpetrado el pasado 3 de junio de 2024 contra una sucursal del Banco Popular Dominicano, ubicada en la intersección de las avenidas Luperón y Olof Palme.
La condena, que se cumplirá en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, fue dictada por las juezas Arlin Ventura Jiménez, Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez. Los encartados fueron encontrados culpables de asociación de malhechores, robo con violencia y porte ilegal de armas de fuego, conforme a lo establecido en el Código Penal Dominicano y la Ley 631-16 sobre armas y municiones.
Indemnización millonaria y decomisos
Además de la pena privativa de libertad, ambos fueron condenados a pagar una indemnización de cinco millones de pesos dominicanos (RD$5,000,000.00) a favor de la entidad bancaria, así como las costas penales del proceso. El tribunal también ordenó el decomiso de las pruebas ocupadas y dispuso la devolución al banco de RD$14,000.00 recuperados tras el asalto.
Durante el juicio, el Ministerio Público, representado por las fiscales Magalys Sánchez, Laura Vargas y Carlenny Camilo, presentó un sólido cuerpo probatorio compuesto por elementos materiales, periciales, testimoniales e ilustrativos que fueron admitidos como válidos por el tribunal.
Detalles del asalto y valoración judicial
El tribunal validó la teoría del Ministerio Público, determinando que Jorge Luis Estrella Arias fue quien lideró el asalto, ingresando primero al banco, encañonando al vigilante y apropiándose del dinero. Mientras tanto, Eddy Enmanuel Segura Arias cumplía la función de vigilancia dentro del recinto, también armado.
Las juezas descartaron los argumentos de la defensa, señalando que existía evidencia clara de una asociación delictiva y de un robo con violencia, utilizando armas de fuego no registradas, lo que agravó los cargos imputados.
Tercer acusado fue absuelto por falta de pruebas
En el caso de Alberto Ezequiel Estrella Arias, el tribunal emitió un fallo absolutorio, tras considerar que su única vinculación con el hecho fue el alquiler del vehículo usado en el asalto, sin que existieran pruebas contundentes de su conocimiento o complicidad en el crimen. En atención al principio de la duda razonable, se decidió no atribuirle responsabilidad penal.
El Ministerio Público ha manifestado que evaluará una posible apelación tras la lectura íntegra de la sentencia, programada para el 8 de mayo de 2025, a las 9:00 de la mañana.
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